Una letrada ha ganado el juicio y ha quedado exenta de la sanción

Aparcar en el centro de las ciudades puede ser todo un desafío, debido al poco espacio libre y a que muchas zonas se encuentran reguladas por la temida zona azul. Lo que no todo el mundo sabe es que las multas del Servicio de Estacionamiento Regulado se pueden recurrir. Y es una de estas multas que han realizado los agentes controladores de la zona azul en Almería por lo que este sistema ha vuelto a ponerse en el punto de mira.

Y es que la abogada almeriense, Ana Victoria Ruiz Navarro, ha quedado libre del pago de una multa de 48 euros tras ganar una sentencia contra el Ayuntamiento de Almería. La experta en el servicio de ordenación del aparcamiento regulado (ORA) en la capital inició este trámite tras concluir el trabajo de final de master y quiso realizar un recurso por la sanción que se le impuso de 48 euros por cometer una infracción leve al estacionar el vehículo en zona con limitación y que hubiera un exceso sobre el tiempo máximo. «No es por el dinero, porque eso es lo de menos, sino que más bien lo que hice es por una justicia social», ha señalado a este periódico la letrada que ha conseguido que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Almería hiciera oficial la exoneración a la abogada de unos hechos que tuvieron lugar en agosto de 2022.

En el fallo, consultado por IDEAL ALMERÍA, se ha estimado que el recurso contencioso-administrativo «se revoca la resolución impugnada dejando sin efecto la sanción, sin expresa imposición de costas». Asimismo, esta resolución «es firme»y no ha habido cabida de recurso ante la misma.

En todo momento, la denunciante ha expuesto la circunstancia de que no se haya seguido«el procedimiento legalmente establecido para imponer una sanción» y no haber contado con la ratificación del controlador denunciante, en este caso,los agentes de la Policía Local, porque los controladores de la zona de los aparcamientos no cuentan con presunción de veracidad ni con poder sancionador.

La letrada Ruiz Navarro solicitó al Consistorio sus alegaciones y en la denuncia se adjuntaron unas fotografías que no eran claras pues existían incongruencias en las mismas: «No es visible si en el lugar donde estaba aparcado el vehículo en cuestión es de los llamados zona azul, pues no existe señalización al respecto», han resaltado porque se refieren a las fotografías que obran en el expediente en «imágenes en blanco y negro». La jueza ha aclarado que la denuncia recogida por el servicio de ordenación de aparcamiento del Ayuntamiento de Almería recogía como hecho infractor «el estacionar en exceso de tiempo», mientras que «la ratificación alude a que carece del distintivo que lo autoriza», es decir, son dos hechos distintos.

Por eso, «no pudiendo otorgarse a las denuncias de los controladores la presunción de veracidad que sí se atribuyen a los agentes de la autoridad», se ha revocado a la resolución impugnada.

Para recurrir este tipo de multas, los agentes de los parquímetros deben demostrar la infracción, de lo contrario estarían vulnerando la presunción de inocencia del conductor. Después de haber sido denunciados, se notificará por correo con la denuncia formal. Será entonces cuando se recurra. Los expertos recomiendan recurrir siempre estas multas, ya que suelen ser consideradas injustas.